La Comisión Europea va a inaugurar su Registro Facultativo de Representantes de Intereses, es decir, las organizaciones con capacidad para influir en la formulación de políticas y la toma de decisiones de las instituciones europeas. Este registro estará disponible en línea y es de libre consulta por el público.
Relacionado con este registro, la Comisión ha creado un código de conducta que establezca reglas claras y precisas para orientar las actividades de estos grupos de presión en sus relaciones con la Comisión. La aceptación del código de conducta es un requisito obligado para la inscripción en el registro.
Antecedentes:
En 2005, la Iniciativa Europea de Transparencia (ETI) comenzó a tomar medidas para fomentar la confianza pública en las instituciones de la UE, para hacerlas más abiertas y accesibles, y para aumentar la rendición de cuentas de las políticas comunitarias.
La ETI tiene cuatro objetivos concretos:
- La publicación de los beneficiarios de la financiación de la UE,
- Las normas para consulta pública,
- La ética profesional de la UE los titulares de cargos y el personal,
- Un marco estructurado para las actividades de estos grupos (grupos de presión, etc.)
En mayo de 2006 la Comisión europea presentó su Libro Verde Inciativa Europea a favor de la Transparencia para suscitar un debate público con las partes interesadas sobre estas cuestiones. A raíz de este debate, se determinó la necesidad de un marco más estructurado para las actividades de los grupos de presión.
En el año 2007, su la Comisión Europea presentó su comunicación "Seguimiento del Libro Verde Iniciativa Europea de Transparencia ", en la que se propuso, entre otras cosas, la creación de un registro voluntario para los grupos de presión. En aras de una total transparencia, las organizaciones que se inscriban se les pedirá que informen sobre cuál es su misión, que representan, y cómo se financian, garantizando así que tanto los encargados de formular políticas y el público puede apreciar la fuerza de los intereses la promoción de un particular opción política.
La Comisión reconoce que el lobbying, como una parte legítima y esencial de la toma de decisiones democrática, tanto si se lleva a cabo por consultorías, empresas privadas, ONGs, bufetes de abogados, grupos de reflexión o asociaciones comerciales.
La Comisión necesita y valora los aportes que recibe de dichas organizaciones, pero a cambio pide su cooperación para demostrar al público que la relación se basa en un alto nivel de probidad y transparencia.